Si lo que deseas es poder montar tu propio centro los pasos a seguir serán los siguientes:
Cualquier tipo de actividad necesitará un local adaptado a las exigencias de aplicación. Existen unos parámetros básicos como el cumplimiento contraincendios de la estructura, renovación de aire y accesibilidad para minusválidos. En función de la superficie de local que se pretenda utilizar, los parámetros serán más o menos restrictivos. Uno de los parámetros más importantes a tener en cuenta es la altura de suelo a techo ya que es requisito indispensable asegurar una altura libre de 2,50 m en toda la superficie de la actividad (a excepción de aseos, almacenes, pasillos y salas de residuos).
Actualmente no existe aplicación de distancias a usos protegidos o situación respecto a viviendas colindantes tal y como sucedía antes cuando estaba catalogado como uso recreativo.
Ofrecemos una primera visita gratuita al local para poder asesorarle en este primer paso de escoger el espacio más adecuado a sus necesidades.
1. Licencia de obras
Una vez dispongamos del local, deberemos adaptarlo a nuestras necesidades específicas, tanto de cumplimiento de normativa como de distribución del espacio de juego.
Para ello, se hará necesaria la tramitación de un permiso de obras frente al Ayuntamiento. Para obtener el permiso se debe redactar un proyecto técnico firmado por un arquitecto/ingeniero que pasará una revisión documental mediante una Entidad de Control para posteriormente realizar la solicitud al Ayuntamiento. El proceso puede variar entre un mes y dos meses en función del barrio escogido para desarrollar el juego.
Este paso es importante ya que nos asegurará que la distribución a implantar es admitida por los técnicos validadores antes de iniciar la adecuación.
2. Proyecto eléctrico
En algunas ocasiones, será necesario un proyecto eléctrico que responda al cumplimiento de la normativa vigente para pública concurrencia y poder así emitir su legalización. Este proyecto se complementará con el boletín del instalador que la ejecute.
3. Licencia de actividad
Una vez ejecutada la adecuación, se procederá a solicitar la visita de la entidad de control para que emita el certificado de aptitud y poder comunicar la apertura del local en el Ayuntamiento.
El tipo de licencia de apertura de esta actividad se clasifica como 13/3.8a Salón de belleza sin tratamientos médicos* y se catalogará como un trámite II.3 o III.2 en función de la superficie del local.
Existe también la catalogación de consultorio médico 12.26/1a para aquellos casos en los que pueda existir el asesoramiento de un médico dentro del centro, pero en ningún caso se proceda a la intervención quirúrgica, ésta es combinable con la anterior e igualmente se catalogará como un trámite II.3 o III.2 en función de la superficie del local.
*En caso de que se quiera proceder con intervenciones quirúrgicas sin hospitalización se deberá consultar la compatibilidad urbanística del uso. Este tipo de licencia se contempla como 12.26/g y en todo caso se trata de un tipo de trámite III.2. Con inspección técnica.
Para legalizar una actividad del tipo III.2 los pasos serán los siguientes:
– Redacción de proyecto técnico y delineación de planos para justificar el cumplimiento de la normativa de aplicación así como una declaración responsable del técnico redactor
– Inspección documental y presencial de una entidad de control que deberá emitir un informe favorable
– Comunicación de apertura en el Ayuntamiento
En el caso de las comunicaciones del tipo III.3 los pasos serán los siguientes:
– Redacción de memoria técnica y delineación de planos para justificar el cumplimiento de la normativa de aplicación
– Comunicación de apertura en el Ayuntamiento
(No se hace necesaria la inspección técnica de la entidad de control y la documentación técnica es mucho más simple)
Con el permiso de obras autorizado, ya dispondremos de los parámetros de cumplimiento de la normativa y podremos ejecutar las obras. El tiempo dependerá de la cantidad de adaptación. Además de las propias del usuario, las adecuaciones que suelen hacerse necesarias para el cumplimiento son:
– Protección contra incendios de la estructura: Se deberá asegurar que el local donde se desarrolla nuestra actividad está protegido frente al resto, de manera que si existiera un incendio en nuestro local no se propague a entidades colindantes o viceversa y que en caso de incendio en la finca, nuestra estructura aguantaría suficiente tiempo para que los ocupantes del edificio pudieran evacuarlo. En aquellos locales en que la estructura sea de hormigón usualmente cumpliremos con la resistencia al fuego, en caso de madera o metal se hará necesaria su protección. En este último caso, se haría necesaria una inspección de cumplimiento de la resistencia complementaria para poder asegurar la correcta implantación del sistema.
– Formación de rampa de acceso para minusválidos: Se deberá asegurar que los minusválidos pueden acceder adecuadamente al local y desarrollar todos los servicios que ofrece la actividad.
– Instalación de un sistema de renovación de aire: Uno de los requisitos de las actividades es asegurar que la calidad del aire de los ocupantes es la adecuada según RITE evitando así la sensación de aire viciado y de mala calidad.
– Adaptación de baño de minusválidos o creación de nuevos servicios para separación de sexos: Igual que se debe asegurar el acceso y desarrollo de todos los servicios al minusválido, se debe dotar el local de un baño con unas características que permitan ser usado por cualquier persona.
– Aislamiento acústico: no procede
– Instalación eléctrica libre de halógenos: Se deberá adecuar la instalación eléctrica para el cumplimiento de la nueva normativa. Esto contempla la sustitución del cableado por uno libre de halógenos. En caso de hacerse necesaria se dimensionará en función del proyecto eléctrico redactado por el ingeniero. En caso de disponer de un local con instalación libre de halógenos, únicamente se deberá adaptar a la nueva distribución y necesidades.
– Instalación de luces de emergencia: Instalación de luces de emergencia para la correcta señalización de las vías de evacuación de los usuarios en caso de incendio.
– Sala de residuos: sea cual sea el tipo de actividad, existe una circular del Ayuntamiento de Barcelona donde se exige la habilitación de un espacio destinado a la gestión y clasificación de residuos. Su dimensión se determinará mediante unas tablas que facilita el Ayuntamiento. En caso de no superar los 3,00m² se podrá generar un espacio delimitado por mobiliario para tal fin, en caso de hacerse necesaria una superficie mayor, se deberá habilitar una sala específica para la gestión de residuos.
– Otros conceptos de la distribución y del local en particular: Cada local puede presentar adaptaciones propias por temas de recorridos de evacuación o características propias que deberán estudiarse en la elaboración de los proyectos.
De manera cronológica les presentamos los importes estimativos de todo el proceso de obtención de la licencia de apertura:
– Proyecto técnico y permiso de obras => 600 – 1.300€ (en función de la superficie del local*)
– Idoneidad técnica (inspección documental obras) => 294 €
– Tasas licencia de obras Ayuntamiento => 51€ + 3,35% presupuesto ejecución
– Reforma del local => *Dependerá de las necesidades de cada local
– Proyecto eléctrico => 500 – 800€ (en función de la superficie del local*)
En caso de III.2
– Inspección técnica actividad => 1.500 – 2.000 € (según características local*)
– Comunicación apertura => 600 – 1.300 € (en función de la superficie del local*)
En caso de III.3
– Comunicación apertura => 250 – 350 € (en función de la superficie del local*)
* Superficies hasta 250 m², contrastar precio para más detalle. Expónganos su caso y pida presupuesto sin compromiso
Se entiende por centro de belleza y/o centro de estética aquellos centros destinados al bienestar y la imagen personal. Estarían dentro de este grupo los centros de peluquería, maquillaje, tatuajes y tratamientos faciales o corporales (que no requieran la formulación de medicamentos o intervención quirúrgica) así como micro-pigmentación e implantes de cabello artificial.
En 2013, el Ayuntamiento de Barcelona lanzó un informe sectorial sobre el bienestar y la imagen personal donde analizaba las tendencias del mercado y las competencias con más auge: