¿En qué podemos asesorar?
Desde dosG podremos ayudarle tanto en la toma de decisión de tipo de local que necesitamos así como identificarle los costes de tramitación de permisos e implantación de las adecuaciones del local.
- Escoger el local adecuado
Será muy importante escoger el local adecuado a nuestras necesidades. En primera instancia porque deberemos comprobar que nuestra actividad es urbanísticamente posible en el local deseado y segundo valorar si el importe de las actuaciones es acorde al rendimiento del proyecto que deseamos implantar.
En la gran mayoría de casos podrá solicitar al propietario (en caso de alquileres) algún tipo de carencia que le permita realizar la ejecución de las obras, sin pagar de manera temporal y pactada, el alquiler mensual. Éstas oscilan entre los 2-3 meses.
En dosG uno de nuestros técnicos especializados en actividades le puede acompañar, si usted lo desea, y de manera gratuita, a una primera visita para poder evaluar todos estos parámetros y asesorarle en esta fase inicial.
- Permisos y costes de la adecuación
1. Permiso de obras
En función del estado y el tipo de actuación a realizar en nuestro local, deberemos tramitar un permiso de obras. Dependerá de lo anterior si será suficiente con un “Assabentat” que permitirá restituir revestimientos y acabados o si nos encontramos ante una modificación de la distribución que requerirá de un proyecto técnico para la solicitud del permiso. Una vez dispongamos de este permiso, ya podremos proceder con las actuaciones de reforma o adecuación.
2. Proyecto de instalaciones
Dependerá del estado de las instalaciones necesarias y/o las que deseemos implantar de nueva ejecución, la elaboración de proyectos de instalaciones. Pero en cualquier caso todas ellas deberán estar correctamente legalizadas según las exigencias de la normativa de aplicación.
3. Proyecto acústico
En función del impacto ambiental de nuestra actividad, se hará necesaria la redacción de un proyecto acústico, donde se identificarán los parámetros acústicos actuales, el estudio de la normativa de aplicación en función de nuestra actividad y la propuesta de solución ejecutiva para el acondicionamiento acústico necesario.
4. Comunicación de apertura
El último paso, y una vez realizadas todas las adecuaciones, será la comunicación de la apertura de la actividad. En función de la tipología existen diferentes trámites. Del tipo III.3 o III.2.
– El tipo III.3 consistirá en una memoria técnica, planos justificativos e instancia normalizada.
– El tipo III.2 en cambio, consistirá en la elaboración de un proyecto técnico y requerirá de la inspección de una entidad de control para autorizar la solicitud del permiso en el Ayuntamiento.
5. Adecuación del local
Una vez dispongamos del permiso de obras y antes del permiso de apertura de la actividad, procederemos con las obras de adecuación del local.
Orientativamente, las adecuaciones generales sobre las que se deberá actuar serán las siguientes:
– Accesibilidad: en la gran mayoría de casos, deberemos garantizar que el acceso al local es viable para minusválidos así como la utilización de los espacios de la actividad.
– Dotación de baños: en mayor o menos medida de restricción las Ordenanzas Metropolitanas de Barcelona exigen la dotación de baños en todos los establecimientos. En algunas actividades se deberá proceder con la separación de sexos y adaptación a minusválidos de al menos uno de ellos.
– Adecuación de las instalaciones: Con instalaciones entendemos electricidad, gas, climatización, agua, saneamiento, renovación de aire del local así como todas aquellas necesarias para el desarrollo de nuestra actividad. Todas ellas deberán estar correctamente ejecutadas y legalizadas.
– Protección de incendios: Se deberán instalar los sistemas de protección pasiva/activa necesarios para el cumplimiento de recorridos de evacuación y estabilidad a incendios. Algunas como la estabilidad de la estructura deberán cumplimentarse obligatoriamente y otras vendrán directamente ligada a la ocupación y tamaño del local.
– Aislamiento acústico: Como hemos visto en apartados anteriores, en aquellos casos en que nuestra actividad presenta un impacto acústico, se deberán implantar soluciones técnicas para asegurar el acondicionamiento exigible.